REMISIÓN PARTNER ACUERDO
El presente Contrato de Referencia ("Contrato") se celebra el [fecha], entre [ Nombre de URBIM / Caléndula 95 edificio N, Madrid- España, en adelante "URBIM".
1. OBJETO DEL ACUERDO
Este Acuerdo establece los términos y condiciones bajo los cuales el Partner Referente presentará clientes potenciales ("Leads Calificados") a URBIM y recibirá una comisión por estas referencias.
2. DEFINICIÓN DE CLIENTE POTENCIAL CUALIFICADO
Un Partner de referencia cualificado se define como una persona o URBIM que ha mostrado interés por los productos o servicios URBIM y que ha participado en una reunión conjunta con URBIM, durante la cual se ha debatido sobre el producto y se han definido los pasos siguientes. El Partner de referencia debe asistir a esta reunión.
3. OBLIGACIONES DE LA REFERENCIA PARTNER
- El Partner de Referencia se compromete a presentar los Candidatos Cualificados a URBIM.
- El Partner de referencia debe asistir a una reunión conjunta con el Jefe de Fila Cualificado y URBIM.
- El Partner de referencia no debe presentar Leads en los que URBIM deba realizar todo el trabajo comercial, de ser así el lead no será válido como referencia.
4. INDEMNIZACIÓN
URBIM pagará al Partner de referencia una comisión del 3% sobre la facturación generada por los Leads Cualificados durante un máximo de un año desde el momento en que el lead pase a ser considerado cliente, debido a la facturación.
5. DURACIÓN DEL ACUERDO
El presente Acuerdo tendrá una duración de un año a partir de la fecha de inicio del trabajo con cada Jefe Cualificado remitido.
La comisión se abonará únicamente por la facturación generada durante este periodo de un año y al final del mismo, presentando como justificación las cuentas de dicho cliente.
6. PRESENTACIÓN DE LOS partners
Si el Partner de Referencia presenta a un Cliente Potencial que resulta ser un socio potencial ("Partner "), la comisión del 3% sobre las futuras acciones del Partner correrá a cargo del Partner .
La referencia Partner no tendrá que gestionar la relación con la Partner una vez realizada la presentación inicial.
7. TERRITORIOS ASIGNADOS A partners EXISTENTES
Si el Cliente Potencial Cualificado remitido por el remitente Partner pertenece a un territorio ya asignado a un Partner existente, la compensación del 3% será abonada por el Partner al que se asigne el Cliente Potencial.
URBIM se encargará de coordinar este proceso para asegurar el pago al Partner de referencia .
8. CONFIDENCIALIDAD
Ambas partes acuerdan mantener la confidencialidad de cualquier información no pública recibida en virtud del presente Acuerdo.
La información confidencial no se revelará a terceros sin el consentimiento previo por escrito de la otra parte, excepto cuando lo exija la ley.
9. TERMINACIÓN
Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Acuerdo en cualquier momento previa notificación por escrito a la otra parte con 30 días de antelación.
En caso de rescisión, URBIM seguirá siendo responsable del pago de cualquier comisión devengada hasta la fecha de rescisión, siempre que la facturación se haya producido en el plazo de un año desde el inicio del trabajo con el Cliente Potencial Cualificado.
10. LEYES APLICABLES
El presente Acuerdo se regirá e interpretará de conformidad con las leyes del país de España, como sede actual de URBIM DT, SL.
11. RESOLUCIÓN DE LITIGIOS
Cualquier disputa que surja de o en relación con este Acuerdo se resolverá amistosamente entre las partes.
Si no puede alcanzarse una solución amistosa, el litigio se someterá a [método de resolución de litigios, como el arbitraje o la mediación], de conformidad con las normas de [institución de arbitraje/mediación].
12. MODIFICACIONES
Cualquier modificación del presente Acuerdo deberá realizarse por escrito y ser firmada por ambas partes.